Lo que se expone al público junto con el texto íntegro de la ordenanza según el Anexo, por un periodo de treinta días desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOC, durante los cuales los interesados podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido el plazo de exposición pública no se hubieran presentado reclamaciones, contra el acuerdo de aprobación provisional, éste tendrá carácter definitivo a los efectos previstos en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, entrando en vigor a partir del día siguiente de la finalización de dicho periodo de exposición pública.